Impuesto sobre Sucesiones
A) Definición:
El Impuesto sobre Sucesiones grava el incremento patrimonial que experimentan los sucesores cuando fallece una persona y deja bienes a los mismos.
B) Sujetos del impuesto:
Están sujetos a este impuesto aquellas personas que han recibido bienes y/o derechos procedentes de una herencia.
C) Plazo de presentación:
Dentro de los seis primeros meses transcurridos desde el hecho causante, es decir, el fallecimiento.
D) Documentación necesaria:
- Fotocopia del D.N.I. del fallecido.
- D.N.I. original de los herederos, así como del cónyuge, en caso de supervivencia del mismo.
- Certificado original de defunción.
- Certificado original de últimas voluntades.
- Certificado original de seguros de vida.
- Copia simple de testamento o, en su defecto, declaración de herederos ante Notario.
- Escrituras originales de los inmuebles titularidad del fallecido.
- Recibos originales del I.B.I. de los inmuebles anteriores.
- Documentación original de los vehículos titularidad del fallecido.
- Certificado del valor de los seguros de vida del titular, emitido por las entidades aseguradoras, en el caso de su existencia.
- Certificado del valor de las imposiciones a plazo existentes titularidad del fallecido, emitidos por las entidades bancarias.
- Certificados de los saldos existentes en cuentas titularidad del fallecido, emitidos por las entidades bancarias, dónde se refleje el saldo mayor de los últimos doce meses o certificado del mayor existente en ese mismo período.