Transferencias de vehículos

A) Definición:

Trámite que consiste en el cambio de titularidad de un vehículo, obteniendo un permiso de circulación a nombre del nuevo titular.

B) Documentación necesaria:
  • El D.N.I. del transmitente o vendedor.
  • El D.N.I. original del adquirente o comprador.
  • El Permiso de circulación original del vehículo.
  • La Ficha Técnica I.T.V. original del vehículo.
  • El documento que acredite la transmisión (contrato de compraventa si el vendedor es un particular o factura, si se trata de una empresa).

* La documentación solicitada para realizar el trámite a través de nuestro despacho puede no coincidir con la necesaria para efectuarlo directamente en la Jefatura Provincial de Tráfico. En tal caso, aconsejamos que se informen previamente en la Dirección General de Tráfico.

Preguntas frecuentes:

1.  Me interesa un vehículo y quiero adquirirlo, ¿Cómo puedo saber si tiene alguna carga antes de comprarlo?

Si deseas conocer cuál es la situación administrativa de un vehículo, puedes solicitar un informe del vehículo ante la Jefatura de Tráfico.

2. ¿Se puede cambiar la titularidad de un vehículo que tiene una Reserva de Dominio?

No, mientras no se proceda a la cancelación de dicha Reserva de Dominio.

3. Si un vehículo tiene una Reserva de Dominio,  ¿significa que la financiación del vehículo no está terminada de pagar?

No necesariamente. Puede ocurrir que el titular del vehículo haya terminado de pagar la financiación del vehículo pero que no se hubiera realizado el levantamiento de la Reserva de Dominio en el Registro de Bienes Muebles.

4. Quiero transmitir un vehículo pero no he terminado de pagar la financiación, ¿puedo realizar el cambio de titularidad?

Si el vehículo no tiene limitación de disposición o se ha financiado con un préstamo con garantía personal, se puede transmitir sin ningún problema.

Sin embargo, si el vehículo tiene una Reserva de Dominio o un Leasing, para transmitirlo, se debe proceder a abonar el resto de la financiación pendiente para poder realizar la transferencia.

5.¿Se puede transmitir un vehículo con el Impuesto de Circulación pendiente de liquidar?

En principio, en la Jefatura de Tráfico sólo aparecen aquellos impuestos de ejercicios anteriores al actual, por lo que se puede realizar el cambio de titularidad. No obstante,  si no se liquida el mismo, éste aparecerá como carga al año siguiente, por lo que el vehículo no se podrá transmitir nuevamente sin abonarlo.