Impuesto sobre Sucesiones

A) Definición:

 

El Impuesto sobre Sucesiones grava el incremento patrimonial que experimentan los sucesores cuando fallece una persona y deja bienes a los mismos.

B) Sujetos del impuesto:

Están sujetos a este impuesto aquellas personas que han recibido bienes y/o derechos procedentes de una herencia.

C) Plazo de presentación:

Dentro de los seis primeros meses transcurridos desde el hecho causante, es decir, el fallecimiento.

D) Documentación necesaria:

 

  • Fotocopia del D.N.I. del fallecido.
  • D.N.I. original de los herederos, así como del cónyuge, en caso de supervivencia del mismo.
  • Certificado original de defunción.
  • Certificado original de últimas voluntades.
  • Certificado original de seguros de vida.
  • Copia simple de testamento o, en su defecto, declaración de herederos ante Notario.
  • Escrituras originales de los inmuebles titularidad del fallecido.
  • Recibos originales del I.B.I. de los inmuebles anteriores.
  • Documentación original de los vehículos titularidad del fallecido.
  • Certificado del valor de los seguros de vida del titular, emitido por las entidades aseguradoras, en el caso de su existencia.
  • Certificado del valor de las imposiciones a plazo existentes titularidad del fallecido, emitidos por las entidades bancarias.
  • Certificados de los saldos existentes en cuentas titularidad del fallecido, emitidos por las entidades bancarias, dónde se refleje el saldo mayor de los últimos doce meses o certificado del mayor existente en ese mismo período.